Incapacidad permanente por cáncer en España: Requisitos, grados y cómo solicitarla
Muchas personas desconocen que en España es posible solicitar y obtener una pensión por incapacidad permanente a causa de un cáncer, siempre que se cumplan una serie de requisitos médicos y legales. Esta pensión tiene como finalidad compensar la pérdida de ingresos provocada por una enfermedad que impide desarrollar la actividad profesional con normalidad o de forma total. En este artículo te explicamos qué condiciones se deben cumplir, los distintos grados de incapacidad reconocibles y qué pasos seguir para solicitarla correctamente.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es una prestación económica que concede la Seguridad Social a aquellas personas que, tras recibir tratamiento médico, presentan limitaciones físicas o psíquicas previsiblemente definitivas que afectan su capacidad laboral. Existen distintos grados de incapacidad, desde parcial hasta absoluta o gran invalidez, en función del nivel de afectación.
Cuando hablamos de incapacidad permanente por cáncer, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúa principalmente las secuelas que deja el proceso oncológico una vez finalizado el tratamiento.
Requisitos para solicitar la incapacidad permanente por cáncer
Para optar a esta pensión, se deben cumplir los siguientes requisitos básicos:
- Finalizar el tratamiento médico correspondiente (quimioterapia, radioterapia, cirugías u otros).
- Presentar secuelas físicas, cognitivas o emocionales que limiten de forma significativa el desempeño laboral.
- Estar dado de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social (salvo excepciones por enfermedad común no laboral).
- Haber agotado el período máximo de incapacidad temporal en muchos casos (12 meses, prorrogables a 18).
- Cumplir con un mínimo de cotización, salvo que el cáncer derive de accidente laboral o enfermedad profesional.
🔍 Dato importante: El reconocimiento no depende del diagnóstico de cáncer en sí, sino de las secuelas derivadas del mismo una vez completado el tratamiento.
Evaluación de las secuelas
El INSS analiza en profundidad cómo ha afectado la enfermedad al trabajador. Algunas de las secuelas que se valoran incluyen:
- Astenia crónica (fatiga persistente)
- Dolor residual o crónico
- Problemas cognitivos (memoria, concentración)
- Daños físicos tras cirugías (amputaciones, limitaciones funcionales)
- Deterioro inmunológico
- Procesos terminales
Para ello, se realiza un informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que emitirá una propuesta de grado en función del caso concreto.
Grados de incapacidad permanente por cáncer
🔸 Incapacidad permanente total
Se reconoce cuando el trabajador no puede ejercer su profesión habitual, pero sí puede realizar otras tareas.
🔹 Requisito clave: Astenia crónica moderada.
🔹 Prestación: 55% de la base reguladora (75% si tiene más de 55 años y está en desempleo).
🔸 Incapacidad permanente absoluta
Se concede cuando la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo, ni siquiera distinto al habitual.
🔹 Requisito clave: Astenia crónica severa o secuelas graves tras tratamiento, incluso en pacientes no terminales.
🔹 Prestación: 100% de la base reguladora.
🔸 Gran invalidez
En casos extremos, si la persona necesita ayuda de otra para las actividades básicas de la vida diaria, puede concederse este grado.
🔹 Prestación: 100% de la base reguladora + complemento adicional.
¿Has tenido cáncer y no puedes volver a trabajar como antes?
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Sentencias y casos reales
Cada caso es evaluado individualmente, pero ya existen numerosas resoluciones y sentencias que reconocen la incapacidad permanente por cáncer, incluso en fases no terminales, siempre que haya limitaciones funcionales importantes.
Los despachos especializados, como Campmany Abogados, recomiendan no esperar a estar en situación terminal para solicitar la pensión, ya que el reconocimiento puede lograrse si las secuelas afectan de forma significativa a la vida laboral.
¿Cómo solicitar la pensión por incapacidad permanente?
- Consulta con tu médico especialista para obtener informes clínicos actualizados.
- Pide cita con tu médico de cabecera para tramitar el paso al tribunal médico.
- Reúne toda la documentación médica y laboral necesaria.
- Presenta la solicitud ante el INSS (puede hacerse online o presencialmente).
- Valora el apoyo legal de un abogado especialista, especialmente si el primer reconocimiento es denegado.
¿Es necesario agotar el tiempo de baja?
No siempre. Aunque muchas solicitudes se presentan tras agotar los 18 meses de baja médica, puedes solicitar la incapacidad antes si las secuelas son claras y permanentes. La Seguridad Social valorará tu situación médica actual, no solo la duración de la baja.
¿Se puede obtener una incapacidad por cáncer?
Sí. En España es posible obtener una incapacidad permanente por cáncer, pero es imprescindible acreditar las secuelas y limitaciones funcionales que impidan el desempeño laboral. No se trata solo del diagnóstico, sino de cómo te afecta a ti, en tu caso concreto. Contar con buenos informes médicos y asesoría jurídica especializada aumenta notablemente las posibilidades de éxito.